El estatuto del periodista ¿ética profesional?

Según Damián Loreti abogado y profesor universitario argentino y Luis Lozano comunicólogo, docente e investigador; el Estatuto del Periodista Profesional que rige en nuestro país, bajo la ley número 12.908 genera que sea ilegal sancionar legislaciones como las que existen en Chile, Ecuador, República Dominicana, Venezuela, Brasil, Francia e Italia.

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Estas legislaciones comunmente llamadas "leyes de prensa" serían: la regulación de la actividad de los medios gráficos y electrónicos en materia de propiedad, registros, nacionalidad de los titulares de los medios, además de las condiciones para el ejercicio profesional. ¿Sos estudiante en Comunicación, Periodismo o a fines? No hace falta ser especialista para notar la "omisión"del artículo 2 del conocido en su nombre corto como el "Estatuto del periodista":

Art. 2º - Se consideran periodistas profesionales a los fines de la presente ley, las personas que realicen en forma regular, mediante retribución pecuniaria, las tareas que les son propias en publicaciones diarias, o periódicas, y agencias noticiosas. Tales el director, codirector, subdirector, jefe de redacción, secretario general, secretario de redacción, prosecretario de redacción, jefe de noticias, editorialista, corresponsal, redactor, cronista, reportero, dibujante, traductor, corrector de pruebas, reportero gráfico, archivero y colaborador permanente. Se incluyen como agencias noticiosas las empresas radiotelefónicas que propalen informativos o noticias de carácter periodístico, y únicamente con respecto al personal ocupado en estas tareas.
¿Descubriste la trampa? En Argentina, diferente a los otros países en América Latina, no se promueve la colegiación obligatoria. Los mencionados investigadores comparan a su vez la situación Argentina con la de algunos países de Europa, quedando en síntesis esta comparación:

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 • En Bélgica funciona una comisión en el Ministerio del Interior conformada por representantes empresarios y sindicales, creada por Real Decreto, que habilita a los profesionales que aprueben el examen correspondiente.
 • En Francia existe la “Comisión de la Carte”, integrada por 16 representantes sindicales y empresarios.
 • En España rige el mencionado registro oficial.
 • En Suiza hay un registro oficial llevado entre empleadores y sindicatos.
 • El decreto 83.284 establece en Brasil, desde 1979, un registro que opera descentralizadamente en el Ministerio de Trabajo. 
• En Colombia la “tarjeta profesional del Periodista” la extiende en Ministerio de Educación Nacional.
 • En Italia, previo al examen para la incorporación a la Ordine dei Giornalisti, es menester cumplir con los dos años del “Pratticanatto”.
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No puede determinarse cuantitativamente la ética profesional de un periodista, es decir, responder preguntas como "¿Qué país es más ético?" ya que no hay que perder de vista que los actores sociales que participan dentro de una sociedad son diferentes y se organizan en ella también en diversas formas. Lo interesante es articular las legislaciones con los contextos políticos en que viven y se organizan los países. Canal 4 de Prensa TV entrevista a la agencia de noticias nacional Télam de Argentina respecto del tema tratado en la nota.
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